Actualización sobre inmigración en Estados Unidos (octubre de 2025)

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Deryck Jordan

Deryck es admitido como abogado en Nueva York y Berlín.

Si está planificando un viaje a Estados Unidos o solicitando una visa, una tarjeta de residencia permanente (green card) u otro beneficio migratorio estadounidense, es posible que se sienta confundido o abrumado por la gran cantidad de noticias y los constantes cambios en las directrices sobre estos temas. Continúe leyendo para obtener aclaraciones sobre algunos de los problemas recientes que están causando confusión.

Cierre del Gobierno Federal de EE. UU.

Desde el 1 de octubre de 2025, el gobierno federal de EE. UU. se encuentra cerrado. Muchas agencias federales han suspendido sus actividades durante este período. Dado que el USCIS se financia principalmente con las tarifas de solicitud de sus diversos trámites, la recepción, el procesamiento y la adjudicación de las solicitudes del USCIS en Estados Unidos continúan a pesar del cierre. De manera similar, las operaciones consulares (por ejemplo, los servicios para visas y pasaportes estadounidenses) continúan durante el cierre.

A pesar de la mencionada continuidad de los servicios, otros servicios (particularmente aquellos que dependen del apoyo interno) se han visto afectados negativamente por la falta de asignación de fondos, incluyendo:

  • Los servicios del Centro de Visas de Negocios del Departamento de Estado
  • Algunas ceremonias de naturalización
  • Ciertos servicios del USCIS y de visas que requieren la participación del Departamento de Trabajo de EE. UU. (que suspendió muchas de sus actividades durante el cierre).

Solicitudes de visa de “nacionales de terceros países”

Anteriormente, muchos consulados estadounidenses aceptaban y procesaban solicitudes de visa de nacionales de terceros países (es decir, personas que no son residentes ni ciudadanos del país donde se encuentra el consulado). Esta flexibilidad se ha reducido recientemente, ya que el Departamento de Estado ahora exige (con excepciones limitadas) que los solicitantes de visa sean entrevistados en el país donde residen o tienen la ciudadanía.

Identidad Digital

Muchos niños en Estados Unidos conocen el viejo dicho: «Sticks and stones may hurt my bones but words will never hurt me.» A la luz del reciente aumento de la vigilancia por parte del gobierno estadounidense sobre las cuentas de redes sociales, este dicho ya no es válido. Ciertas cosas que se escriben en las plataformas de redes sociales pueden, de hecho, causar problemas a algunas personas. Por ejemplo, los solicitantes de visas de estudiante que han configurado la privacidad de sus cuentas de redes sociales como «privada» pueden tener mayores dificultades con sus solicitudes de visa, ya que el Departamento de Estado de EE. UU. ahora les exige que configuren la privacidad como «pública» para facilitar la revisión de dichas cuentas.

En casos recientes en los que el Departamento de Estado de EE. UU. determinó que la actividad (por ejemplo, me gusta, publicaciones, etc.) en la cuenta de redes sociales de una persona demostraba que esta criticaba la política exterior estadounidense o tenía una actitud hostil hacia los estadounidenses, el Departamento de Estado ha revocado la visa de dichas personas o ha denegado su solicitud.

Es importante recordar que la revisión de las cuentas de redes sociales puede ocurrir incluso al intentar ingresar a Estados Unidos. Si bien las personas que se encuentran en Estados Unidos gozan de protección constitucional contra registros e incautaciones ilegales, los tribunales estadounidenses han determinado que las personas que se encuentran en la frontera de EE. UU. y buscan ingresar al país no disfrutan del mismo nivel de protección constitucional. Como resultado, los agentes fronterizos estadounidenses pueden registrar legalmente los dispositivos electrónicos (incluidos todos los datos y aplicaciones) de los viajeros que ingresan a Estados Unidos (incluso ciudadanos estadounidenses).

Tarjeta Dorada

Give me your tired, your poor, your huddled masses yearning to breathe free,
The wretched refuse of your teeming shore.
Send these, the homeless, tempest-tost to me,
I lift my lamp beside the golden door.”

En una medida que parece ignorar todas las palabras, excepto la penúltima, de la inscripción que se encuentra en el pedestal de la Estatua de la Libertad (escrita por la poeta estadounidense Emma Lazarus), en febrero de 2025 la administración actual anunció una nueva «tarjeta dorada» para supuestamente facilitar la inmigración de millonarios a Estados Unidos. Se insinuó que la tarjeta dorada reemplazaría la visa EB-5 y, desde febrero de 2025, la administración ha declarado que los detalles sobre la tarjeta se revelarían pronto.

En junio de 2025, la administración lanzó un sitio web para solicitar la tarjeta dorada y una tarjeta platino aún más exclusiva. Este sitio web contiene información sobre las tarjetas que puede describirse como ambiciones especulativas. Presenta la tarjeta dorada en el contexto de otros visados ​​de inmigrante utilizados para obtener la tarjeta de residencia (en particular, los visados ​​EB-1 y EB-2). Si bien la administración ya no insinúa activamente que la tarjeta dorada reemplazaría el programa de visa EB-5, a octubre de 2025, no se han revelado detalles sobre el proceso legal para solicitar la tarjeta dorada o la tarjeta platino. Además, la administración no ha explicado cómo ni cuándo la tarjeta dorada (que supuestamente requeriría que el solicitante hiciera una “donación” de 1 millón de dólares) sería preferible a la visa de inversión EB-5 (mediante la cual el solicitante podría realizar una inversión de 0,8 o 1,05 millones de dólares, participar en las ganancias de dicha inversión y, a través de una estrategia de salida predeterminada, recuperar los 0,8 o 1,05 millones de dólares invertidos inicialmente).

Proclamación Presidencial sobre la Visa H-1B

El mes pasado se emitió una Proclamación Presidencial que exige que ciertas peticiones de visa H-1B presentadas a partir del 21 de septiembre de 2025 vayan acompañadas de un pago adicional de $100,000 como condición de elegibilidad. La redacción de la Proclamación era ambigua y carecía de muchos detalles. Como resultado, varios funcionarios de la administración emitieron posteriormente aclaraciones adicionales, revelando que la Proclamación no se aplica en los siguientes casos:

  • Cualquier visa H-1B emitida previamente y actualmente válida, incluyendo a cualquier titular de una visa H-1B vigente, o cualquier beneficiario extranjero que, tras la aprobación de la petición, viaje dentro y fuera de los Estados Unidos.
  • Cualquier petición presentada antes del 21 de septiembre de 2025.
  • Una petición presentada a partir del 21 de septiembre de 2025 que solicite una modificación, cambio de estatus o extensión de estadía para un extranjero dentro de los EE. UU., siempre que se le conceda dicha modificación, cambio o extensión.

Resumen

Si bien este artículo aclara las nuevas políticas y prácticas para diversos asuntos de inmigración en los EE. UU. a partir de octubre de 2025, es probable que en los próximos meses surjan nuevos desarrollos y directrices por parte de la administración que afecten los casos de inmigración en los EE. UU.

Para obtener asistencia con su caso específico relacionado con visas, tarjetas de residencia o requisitos de entrada a los EE. UU., comuníquese con nuestro bufete de abogados para una consulta.

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