Visas EB-1C

… para gerentes y ejecutivos multinacionales

Visas EB-1C

… para gerentes y ejecutivos multinacionales

Las visas EB-1C permiten a los empleadores transferir a ciertos empleados que trabajan en el extranjero a una empresa estadounidense de forma permanente (o ilimitada). Debe existir una “relación calificada” entre el empleador extranjero y el empleador estadounidense.

Nuestro bufete de abogados asesora y guía a clientes con solicitudes de visa EB-1C y ajuste de estatus EB-1C.

BENEFICIOS DE LAS VISAS EB-1C

Una vez emitida la visa EB-1C y tras el viaje y la admisión del empleado a EE. UU., recibirá una Green Card por correo postal.

Los cónyuges e hijos menores de 21 años de empleados EB-1C también pueden recibir Green Cards.

Mediante el “Premium Processing,” la solicitud se debe resolver en un plazo de 45 días.

EMPLEADOS EB-1C

El empleado debe tener una oferta de trabajo permanente en un puesto principalmente gerencial o ejecutivo con un empleador estadounidense calificado.

No. El empleado debe haber trabajado en el extranjero para una organización calificada durante 1 de los 3 años anteriores. Sin embargo, existen excepciones a este requisito si el empleado ha estado trabajando recientemente en los EE. UU. para una entidad que tiene una relación calificada con el empleador extranjero.

No. Si un director ejecutivo realiza principalmente operaciones diarias y no actividades de naturaleza ejecutiva, ese empleado podría no ser elegible para una visa EB-1C.

Tener una visa L-1A no garantiza que el empleado sea elegible para una visa EB-1C. La solicitud de visa EB-1C se evaluará según sus propios méritos.

La capacidad gerencial incluye tanto a los gerentes de personal como a los gerentes de funciones.

En lo que respecta a los gerentes de personal, la capacidad gerencial se refiere a una asignación dentro de una organización en la que el empleado principalmente:

  • Gestiona la organización, departamento, subdivisión, función o componente de la organización;
  • Supervisa y controla el trabajo de otros empleados supervisores, profesionales o gerenciales;
  • Tiene autoridad para contratar y despedir, o recomendar, estas y otras acciones de personal (como ascensos y autorización de licencias) para los empleados directamente supervisados; y
  • Ejerce discreción sobre las operaciones diarias de la actividad o función para la que tiene autoridad.

No se considera que un supervisor de primera línea actúe con capacidad directiva simplemente en virtud de sus funciones de supervisión, a menos que los empleados supervisados ​​sean profesionales.

En relación con los gerentes de función, la capacidad directiva se refiere a una asignación dentro de una organización en la que el beneficiario principalmente:

  • Gestiona la organización o un departamento, subdivisión, función o componente de la organización;
  • Gestiona una función esencial dentro de la organización o un departamento o subdivisión de la organización;
  • Desempeña funciones de alto nivel dentro de la jerarquía organizacional o con respecto a la función gestionada; y
  • Ejerce discreción sobre las operaciones diarias de la actividad o función para la que tiene autoridad.

Un empleado puede ser considerado gerente de función si ha gestionado o dirigirá principalmente la gestión de una función de una organización, incluso si el beneficiario no supervisó ni supervisará directamente a ningún empleado.

El término “capacidad ejecutiva” se refiere a una asignación dentro de una organización en la que el empleado principalmente:

  • Dirige la gestión de la organización o de un componente o función principal de la misma;
  • Establece los objetivos y las políticas de la organización, componente o función;
  • Ejerce un amplio margen de libertad en la toma de decisiones discrecionales; y
  • Recibe únicamente supervisión o dirección general de los ejecutivos de alto nivel, la junta directiva o los accionistas de la organización.

EMPLEADORES EB-1C

Existe una relación que cumple los requisitos cuando el empleador estadounidense es una filial, matriz o subsidiaria de la empresa, corporación u otra entidad legal extranjera.

El solicitante debe ser ciudadano estadounidense o una corporación, sociedad u otra entidad legal estadounidense. Una sucursal estadounidense de una empresa extranjera no es una entidad legal nacional separada y, por lo tanto, no puede ofrecer empleo permanente a un solicitante EB-1C.

El empleador estadounidense debe haber estado activo en el negocio durante al menos un año al momento de presentar la solicitud.

«Hacer negocios» se refiere a la prestación regular, sistemática y continua de bienes o servicios, o ambos, por parte de una organización calificada.

Al menos una organización calificada en el extranjero debe continuar operando hasta que se emita la visa EB-1C. Si la empresa en el extranjero se muda a EE. UU. antes de que se emita la visa EB-1C, la elegibilidad para la visa EB-1C finaliza.

SERVICIO DE VISA EB-1C DE NUESTRO BUFETE DE ABOGADOS

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EVIDENCIA DE ELEGIBILIDAD

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PREPARACIÓN PARA LA ENTREVISTA EB-1C

CONSULTAS SOBRE VISAS EB-1C

Durante la consulta de visa EB-1C se explicarán los requisitos, el tiempo de procesamiento y las tarifas gubernamentales involucradas en las solicitudes de visa EB-1C.

También recibirás comentarios sobre los factores de su caso que pueden debilitar o fortalecer su solicitud de visa EB-1C.

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